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Una colisión frontal dejó una víctima fatal
RADIO ENFOQUE (ON LINE)
Lo hizo a través de una publicación en el Boletín oficial
General 17/08/2021
la Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (Anmat) publicó este martes la Disposición 5822/2021 en el Boletín Oficial. Ahora, para prohibir "el uso, la comercialización y distribución" de un "anestésico local potenciado" detectado en el mercado, que no reúne las condiciones para tal fin. La referencia es para el 'Atom 5', puntualmente "hasta tanto se encuentren inscriptos en el Registro de Especialidades Medicinales".
Los considerandos de la normativa apuntan que "se trata de un producto falsificado", ya que "se desconoce su efectivo origen y composición", y por lo tanto "resulta en un riesgo para la salud de la población". La disposición agrega: "No es posible determinar si las unidades fueron elaboradas en las condiciones que indica la ley y cuál es la verdadera composición; ni tampoco conocer si los insumos utilizados para su fabricación son aptos para la aplicación en humanos y cuáles son sus efectos reales. (...) No detalla ni siquiera los datos mínimos para ser un medicamento autorizado, como son: los componentes de la formulación, los datos del laboratorio elaborador, responsable técnico, dosificación, modo de conservación, entre otros datos indispensables".
Fuente : Cba24n
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